Micelio
Auto10 de noviembre de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Tema · dato duro
Proceso Penal Seguido Contra Miembros De La Fuerza Pública-Existe Duda Sobre El Cumplimiento Del Factor Funcional Del Fuero Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Justicia Penal Militar
  • Elementos personal y funcional
Fiscalia General De La Nacion
  • Legitimación para promover conflictos de jurisdicción en graves violaciones de derechos humanos
Fuero
  • Carácter excepcional y restringido
Justicia Ordinaria
  • Competencia para conocer aquellos procesos en los que exista duda sobre el vínculo directo entre la actividad del servicio y el delito cometido por miembros de la fuerza pública
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado 48 de Instrucción Penal Militar de Tame (Arauca) y la Fiscalía 49 Especializada en Violación de Derechos Humanos.

La controversia tiene origen en una investigación penal en contra de varios miembros activos del Ejército Nacional quienes, en cumplimiento de una función militar, se vieron involucrados en la muerte de un ciudadano, presuntamente perteneciente a un grupo armado.

La Corte constató el cumplimiento de los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y declaró que el trámite del precitado asunto le corresponde a la Fiscalía 49 Especializada en Violación de Derechos Humanos, a donde ordenó enviar el expediente para lo pertinente y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Como regla de decisión se estableció que, ante la existencia de dudas sobre el vínculo directo del hecho delictivo con el servicio (elemento funcional del fuero penal militar), corresponde a la jurisdicción penal ordinaria el conocimiento de una investigación penal adelantada contra miembros de las Fuerzas Militares que presuntamente hayan incurrido en una grave violación a los Derechos Humanos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 48 de Instruccion Penal Militar de Tame, Arauca, y la Fiscalia 49 Especializada en Violacion de Derechos Humanos, en el sentido de DECLARAR que la Fiscalia 49 Especializada en Violacion de Derechos Humanos es la autoridad competente para conocer del proceso.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-814 a la Fiscalia 49 Especializada en Violacion de Derechos Humanos y comunique la presente decision a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.